En esta guía
Los cuatro tipos de trabajo
Un electricista no factura siempre igual porque no siempre hace lo mismo. Conviene tener claro en qué categoría cae cada trabajo:
| Tipo | Cómo se factura | Cuándo se cobra |
|---|---|---|
| Aviso / avería | Desplazamiento + horas + material | En el momento, idealmente |
| Instalación completa | Presupuesto cerrado o por partidas | Anticipo + fin de obra |
| Boletín / legalización | Partida propia + tasas | Al emitir el certificado |
| Mantenimiento | Cuota periódica fija | Mensual o trimestral |
Cómo desglosar una factura
El desglose no es burocracia: es lo que evita el «¿y esto por qué me lo cobras?». Una factura de electricista bien hecha separa como mínimo tres bloques.
Ejemplo — Sustitución de cuadro eléctrico en vivienda
| Concepto | Ud. | Precio | Importe |
|---|---|---|---|
| Desmontaje de cuadro antiguo y retirada | 1 | 60,00 € | 60,00 € |
| Mano de obra oficial 1ª (montaje y conexionado) | 5 h | 32,00 € | 160,00 € |
| Cuadro de superficie 24 elementos | 1 | 48,00 € | 48,00 € |
| Interruptor general automático 2P 40A | 1 | 29,00 € | 29,00 € |
| Interruptor diferencial 2P 40A 30mA | 2 | 42,00 € | 84,00 € |
| Interruptores magnetotérmicos (varios calibres) | 8 | 11,50 € | 92,00 € |
| Pequeño material y cableado | 1 | 35,00 € | 35,00 € |
| Comprobación y mediciones de la instalación | 1 | 45,00 € | 45,00 € |
Base imponible: 553,00 €. Material aportado: 288 € sobre 553 €, un 52 %. Como supera el 40 %, esta factura iría al 21 % aunque sea una vivienda de particular con más de dos años.
En trabajos con mucho material —cuadros, luminarias, aparamenta— es muy fácil pasar del 40 % y perder el tipo reducido. Si el cliente compra él las luminarias o el aparellaje, ese material no computa y la obra puede quedarse al 10 %.
Facturar el boletín eléctrico
El certificado de instalación eléctrica —el boletín— es un trabajo profesional con responsabilidad técnica detrás. Se puede y se debe facturar.
Recomendaciones prácticas:
- Ponlo como partida propia, no lo escondas dentro de la mano de obra. El cliente entiende mejor lo que paga y tú documentas que ese trabajo existe.
- Separa las tasas. Las tasas de tramitación ante el organismo competente son un suplido o un coste repercutido según cómo lo gestiones; en cualquier caso, van identificadas aparte del honorario.
- Guarda copia del certificado emitido junto a la factura. Si años después hay una incidencia, esa trazabilidad te protege.
El material y su margen
Repercutir el material con margen es legítimo y habitual: has adelantado el dinero, has ido al almacén, lo has transportado y respondes de él. Ese margen es parte de tu trabajo.
Pero hay un detalle fiscal que conviene no confundir:
El precio de venta es lo que le cobras al cliente, con tu margen. El coste de adquisición es lo que te costó a ti en el almacén. Para calcular si superas el 40 % que permite el IVA reducido, se usa el coste de adquisición, no el precio de venta.
Avisos urgentes y recargos
Las urgencias son donde más conflictos de cobro se producen, y casi siempre por lo mismo: el precio no estaba claro antes de salir de casa.
Cómo evitarlo:
- Comunica el precio de la salida por teléfono, antes de desplazarte. Aunque sea aproximado: «la salida son X €, más mano de obra y material».
- Deja constancia de la hora de llegada y de salida. Es lo que justifica el recargo nocturno o festivo si lo aplicas.
- Cobra en el momento siempre que puedas. Una avería resuelta a las 23:00 se cobra mucho mejor esa noche que reclamada tres semanas después.
Si el cliente firma la orden de trabajo en tu móvil con la hora incluida, el recargo nocturno deja de ser tu palabra contra la suya. Queda documentado.
Contratos de mantenimiento
Los mantenimientos —comunidades, locales, pequeñas industrias— son la parte más estable del negocio: ingreso recurrente y previsible. Se facturan con una cuota periódica fija.
Lo importante es delimitar bien el contrato:
- Qué incluye la cuota: número de revisiones, alcance, tiempos de respuesta.
- Qué queda fuera: material, averías mayores, trabajos fuera de horario.
- Cómo se factura lo excluido: precio/hora pactado y precio del material.
Sin esa delimitación por escrito, el cliente tenderá a entender que la cuota lo cubre todo, y ahí empiezan los problemas.
Qué IVA aplicar
| Trabajo | Tipo |
|---|---|
| Reparación en vivienda de particular, >2 años, material < 40 % | 10 % |
| Instalación con mucho material que supera el 40 % | 21 % |
| Local comercial, oficina o nave | 21 % |
| Cliente empresa o autónomo (para su actividad) | 21 % |
| Zonas comunes de comunidad (si cumple requisitos) | 10 % |
| Subcontrata en obra de construcción o rehabilitación | Sin IVA (ISP) |
| Contrato de mantenimiento a comunidad de vecinos | Según el caso* |
* En mantenimientos a comunidades el tipo depende de si se considera renovación o reparación de vivienda y del peso del material. Ante contratos recurrentes de importe relevante, conviene confirmarlo con el asesor una vez y aplicarlo con criterio estable.
Los requisitos completos del tipo reducido, con ejemplos numéricos, están en la guía de IVA en reformas: 10 % o 21 %.
Veri*Factu para electricistas
Desde el 1 de julio de 2027, si eres autónomo tus facturas tendrán que salir de un programa que cumpla Veri*Factu: cada factura genera un registro encadenado e inalterable, con código QR verificable en la sede de la AEAT.
Para un electricista con muchos avisos al día, esto tiene una implicación práctica: el sistema tiene que ser rápido de usar a pie de obra. Si facturar te obliga a volver a la oficina, acabarás acumulando trabajo pendiente.
Los detalles de la norma, en la guía de Veri*Factu.
Del aviso a la factura, sin volver a la oficina
OficioYa está pensada para el ritmo de un instalador: creas la orden de trabajo, el cliente firma en tu móvil y la factura sale con el QR de Hacienda. También sin cobertura.
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Preguntas frecuentes
¿Se puede facturar el boletín eléctrico?
Sí. El certificado de instalación eléctrica es un trabajo profesional que puede facturarse como una partida más. Conviene desglosarlo del resto de la instalación para que el cliente vea qué está pagando, e incluir en su caso las tasas de tramitación, que se repercuten aparte.
¿Qué IVA aplica un electricista autónomo?
En trabajos de renovación o reparación en vivienda de un particular con más de dos años, y siempre que el material aportado no supere el 40 % de la base imponible, se aplica el 10 %. En locales comerciales, obra nueva o cuando el cliente es una empresa, el 21 %. Si trabajas como subcontrata en una obra de construcción o rehabilitación, aplica la inversión del sujeto pasivo y facturas sin IVA.
¿Cómo se factura una urgencia eléctrica?
Lo habitual es facturar un importe de desplazamiento o salida, la mano de obra por horas o fracción, y el material empleado. Para que no haya discusiones conviene comunicar el precio de la salida antes de acudir y dejar constancia de la hora de llegada y salida, especialmente en horario nocturno o festivo, donde suele aplicarse un recargo.
¿Cómo se factura un contrato de mantenimiento?
Con una cuota periódica fija, normalmente mensual o trimestral, que cubre las revisiones acordadas. Las intervenciones fuera de contrato y los materiales se facturan aparte. Es importante que el contrato defina con claridad qué incluye la cuota y qué no.
¿Cómo se repercute el material al cliente?
El material se factura al precio de venta que hayas fijado, que normalmente incluye un margen sobre el coste de compra al almacén. Ojo con un detalle fiscal: para calcular si superas el 40 % que permite aplicar el IVA reducido, se toma el coste de adquisición del material, no el precio al que se lo repercutes al cliente.
¿Cuándo tiene que cumplir Veri*Factu un electricista autónomo?
Desde el 1 de julio de 2027 para autónomos. A partir de esa fecha las facturas deben emitirse con un programa conforme al Real Decreto 1007/2023, con registros encadenados e inalterables y código QR verificable por la AEAT.
Contenido informativo, no asesoramiento fiscal. Los tipos de IVA dependen de las circunstancias concretas de cada operación. Ante contratos recurrentes o casos dudosos, consulta con tu asesor.